PRODUCTOS DE NUESTROS ASEGURADOS
Seguros Colectivo de Vida a Causa de Muerte Accidental
La Caja asegura en beneficio de los herederos a los imponentes con más de un año de antigüedad que tengan sus obligaciones al día con la Caja, y que fallezcan por causa accidental antes de cumplir 70 años de edad; esto por una cantidad equivalente a 2,5 veces los fondos del imponente con un máximo de 60 UF.
El monto del siniestro queda afecto a las deudas que el causante tenga vigente con la Institución y que no se encuentren cubiertas por el seguro de desgravamen.
Seguro de Desgravamen
La Caja asegura en beneficio de los herederos a los imponentes que fallecen por cualquier causa antes de cumplir 70 años de edad, y que no se encuentren aquejados de enfermedades graves a la fecha de otorgamiento del préstamo.
Este seguro de desgravamen cubre el saldo de las deudas por préstamos que el imponente tenga vigentes, y cuyos dividendos esté pagando normalmente.
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